SOBRE LA HUELGA DE ESTUDIANTES
El Sindicato de Estudiantes ha convocado una Huelga para el miércoles 22 de octubre. Ante esta circunstancia, la Dirección del IES Caura comunica lo siguiente:
El Derecho a huelga del alumnado, a partir de 3º de ESO, está reconocido por la Ley Orgánica de Educación (LOE) en el artículo 8, así como por la Ley de Educación en Andalucía (LEA), en su artículo 7. Este derecho se regula según lo establecido en los Decretos 85/1999 (sobre derechos y deberes del alumnado) y 19/2007 (por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de la Paz y Mejora de la Convivencia en los Centros educativos sostenidos con fondos públicos), en sus artículos 17 y 18.
En ningún caso la Ley permite la huelga al alumnado de 1º y 2º de la ESO.
El Centro ha tenido constancia de la convocatoria de Huelga y, siguiendo lo establecido por la normativa, ha recibido la notificación del alumnado a partir de 3º de ESO acerca de su deseo de secundar dicha huelga.
Se trata de una huelga de estudiantes, no del profesorado. Por lo tanto, se garantiza que el alumnado que acuda al centro recibirá sus clases, en el horario normal de 8:20 a 14:30.
El Centro no se manifiesta acerca de los motivos de la Huelga, ya que se trata, insistimos, de una huelga de estudiantes. Si, como padres y madres desean conocer los motivos, deben ser sus hijos e hijas quienes les informen de por qué han decidido (o no) ponerse en huelga.
El alumnado que no acuda al Centro tendrá la correspondiente falta injustificada pero, según la normativa vigente, no se le aplicará ninguna sanción disciplinaria.
El alumnado que decida acudir al Centro no podrá abandonar el recinto escolar antes de las 14:30, salvo que sus responsables legales acudan personalmente al Centro a recogerlos con antelación.
LA DIRECCIÓN





